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HHS finaliza nuevas disposiciones para mejorar la atención integrada y la confidencialidad de los pacientes con trastornos por abuso de sustancias
Norma definitiva para implementar la ley bipartidista (CARES, por sus siglas en inglés)
El Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU., mediante su Oficina de Derechos Civiles (OCR, por sus siglas en inglés) y la Administración de Servicios de Salud Mental y Abuso de Sustancias (SAMHSA, por sus siglas en inglés), ha finalizado las modificaciones de las regulaciones de confidencialidad de los registros de pacientes con trastornos de abuso de sustancias (SUD, por sus siglas en inglés) en la Parte 2 del Título 42 del Código de Regulaciones Federales (CFR, por sus siglas en inglés) (“Parte 2”), que protegen la privacidad de los registros de tratamiento de SUD de los pacientes. En concreto, la norma definitiva de hoy aumenta la coordinación entre los proveedores que tratan a pacientes con SUD, refuerza la protección de la confidencialidad mediante la ejecución civil y mejora la integración de la información sobre salud conductual con otros registros médicos para mejorar los resultados de salud de los pacientes.
La norma de hoy se basó en la Ley bipartidista de Asistencia, Alivio y Seguridad Económica por el Coronavirus (Ley CARES) que, entre otras cosas, exigía al HHS que adaptara el programa de la Parte 2 a la Ley de Portabilidad y Responsabilidad de los Seguros Médicos (HIPAA, por sus siglas en inglés) de 1996 en materia de privacidad, notificación de infracciones y normas de aplicación.
“La confidencialidad del paciente es uno de los principios básicos de la asistencia sanitaria. Las personas que padecen trastornos por abuso de sustancias deben tener la misma capacidad de conservar la privacidad de su información que cualquier otra persona. Esta nueva norma contribuye a garantizar que así sea, reforzando la protección de la confidencialidad y mejorando la integración de la salud conductual con otros registros médicos”, manifestó Xavier Becerra, Secretario del HHS. “La administración Biden-Harris considera prioritario acabar con la estigmatización de quienes padecen trastornos de abuso de sustancias y dar a los profesionales de la salud las herramientas necesarias para que puedan tratar al paciente de forma integral, sin dejar de proteger su intimidad. No descansaremos hasta que la salud conductual esté plenamente integrada en la atención médica y que quienes sufren problemas de salud conductual reciban el mejor tratamiento disponible”.
“Esta norma definitiva refuerza la protección de la confidencialidad al tiempo que mejora la coordinación de la atención para pacientes y proveedores. Los pacientes podrán buscar el tratamiento y la atención necesarios para abordar su trastorno por abuso de sustancias sabiendo que existen mayores protecciones que conservan la privacidad de sus registros. Asimismo, los proveedores podrán compartir mejor la información para optimizar la atención a los pacientes”, declaró la Directora de la OCR, Melanie Fontes Rainer.
“Una de las prioridades de SAMHSA es trabajar para que todos los estadounidenses puedan acceder más fácilmente a tratamientos eficaces y ayudas para la recuperación del SUD”, explica Miriam E. Delphin-Rittmon, Subsecretaria de Salud Mental y Abuso de Sustancias del HHS y responsable de SAMHSA. “La norma definitiva apoya el acceso a la atención y al tratamiento, y mitiga la discriminación y la estigmatización que sabemos que experimentan las personas con SUD con demasiada frecuencia, todo esto sin dejar de aplicar estrictas protecciones de la privacidad”.
La norma definitiva incluye las siguientes modificaciones de la Parte 2:
Permite el uso y la divulgación de los registros de la Parte 2 sobre la base de un único consentimiento del paciente que se otorga una sola vez para todos los usos y divulgaciones futuras con fines de tratamiento, pago y operaciones de asistencia médica.
Permite una nueva divulgación de los registros de la Parte 2 por parte de entidades cubiertas por la HIPAA y sus socios comerciales, de conformidad con la norma de privacidad de la HIPAA y con determinadas excepciones.
Otorga nuevos derechos a los pacientes en virtud de la Parte 2 para obtener una lista de las divulgaciones y solicitar restricciones a determinadas divulgaciones, como también concede la Norma de Privacidad de la HIPAA.
Amplía las prohibiciones de uso y divulgación de los registros de la Parte 2 en procedimientos civiles, penales, administrativos y legislativos.
Proporciona al HHS autoridad para hacer cumplir la ley, incluida la posible imposición de sanciones pecuniarias civiles por infracciones de la Parte 2.
Esboza los nuevos requisitos de notificación de infracciones aplicables a los registros de la Parte 2.
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