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- Videoteleconferencia (VTC). Si un Juez de lo contencioso administrativo convoca a una audiencia oral para recibir el testimonio del testigo u otra prueba, la misma será realizada por videoteleconferencia (VTC). El personal de la División de Recursos Civiles ayudará a las partes a localizar un sitio o sitios apropiados para la videoteleconferencia que sean compatibles con el equipo de la División de Recursos Civiles, y notificará a las partes sobre el lugar o los lugares para la videoteleconferencia tan pronto como se haya confirmado una ubicación específica. Se sugiere que las partes no federales ubiquen un lugar para la videoteleconferencia cercano a ellas con el fin de minimizar el tiempo de viaje y la distancia a un lugar más remoto.
- Alternativa por vía telefónica. Si no es posible localizar un sitio apropiado, un Juez de lo contencioso administrativo puede ordenar que el testimonio se reciba telefónicamente.
- Futuras modificaciones a los procedimientos de la audiencia. La División de Recursos Civiles puede determinar que es necesario o apropiado modificar la tecnología usada para llevar a cabo una audiencia, y el Juez de lo contencioso administrativo puede disponer que las partes comparezcan utilizando esa tecnología.
- Testigos. La parte federal llamará primero a sus testigos propuestos y luego la parte no federal llamará a sus testigos. Por cuestiones de tiempo, el Juez de lo contencioso administrativo puede permitir que un testigo no federal ofrezca testimonio mientras se llama a los testigos federales. El Juez de lo contencioso administrativo determinará si debe aplicar o no la Norma 615 de las Normas Probatorias Federales (aislamiento de testigos) si una parte solicita aislamiento, y puede permitir a ciertos testigos de consulta estar presentes durante el testimonio de otros testigos.
- Transcripción. Un servicio de taquígrafos del tribunal preparará una transcripción por escrito de la audiencia. Una transcripción pasa a formar parte del expediente que el Juez de lo contencioso administrativo usa para dictar la sentencia del caso, pero no se sube al sistema DAB E-File hasta que se dicte sentencia. Las partes federales obtienen sus transcripciones por acuerdo entre agencias. Las partes no federales pueden solicitar las transcripciones al servicio de informes del tribunal. Previo a la audiencia, las partes no federales recibirán información sobre cómo solicitar una transcripción o podrán ponerse en contacto con la División de Recursos Civiles llamando al 202-795-7490. Las grabaciones de video no están preparadas y no están disponibles.