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- Peticiones generales. Todas las solicitudes de audiencia deben cumplir con los requisitos de contenidos específicos y plazos. Las reglamentaciones aplicables al tipo de caso para el cual una parte solicita una audiencia proporcionan estos requisitos. La parte que solicita una audiencia debería remitir la notificación de acción adversa para determinar cuáles son las regulaciones aplicables a su caso.
- Presentación electrónica. Todas las solicitudes de audiencia se deben presentar electrónicamente usando el Sistema de presentación electrónica de la Junta Departamental de Apelaciones (DAB E- File). Consultar el Artículo 6 de los Procedimientos de la División de Recursos Civiles que obra abajo para obtener más instrucciones.
- Firma y notificación de acción adversa. Todas las solicitudes de audiencia deben ser firmadas por la parte que la solicita o por su representante autorizado. Todas las solicitudes deben ir acompañadas por una copia de la notificación de acción adversa que, a criterio de una de las partes, desencadena el derecho a una audiencia. No enviar las declaraciones de deficiencias. Un Juez de lo contencioso administrativo puede desestimar una solicitud de audiencia si la misma no está firmada o si no se presenta una copia de la notificación de acción adversa. Una solicitud de audiencia firmada por un representante que no sea abogado debe ir acompañada por un documento de designación del representante que no es abogado, firmado por la parte para la que se solicita la audiencia conforme al Artículo 3(b) de los Procedimientos de la División de Recursos Civiles.
- Etiquetado de expedientes. Los casos se etiquetan en el momento de la recepción de una solicitud de audiencia ante el Juez de lo contencioso administrativo. Las cartas u otras notificaciones que no soliciten una audiencia pueden ser devueltas al remitente o reenviadas sin ser etiquetadas.